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Otro revés al DNU, en este caso el gol fue del fútbol

Dirigentes de River Plate se presentaron a la justicia logrando resolución favorable




Por: Fernando Gañete Blasco.- En el medio del debate en el Congreso por la conocida como Ley Omnibus, otro revés judicial se le presenta al Gobierno nacional. En este caso se trata de una acción judicial que promovieron contra el mega DNU de Javier Milei ex dirigentes históricos de River Plate. Lo cierto es que el juez federal en lo Contencioso Administrativo Enrique Lavié Pico habilitó la feria judicial del mes de enero para tratar en la Causa nro. 48305/2023 , caratulada “KIPER, DANIEL ADRIAN Y OTROS c/ EN-DNU 70/23 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO”. Se trata de la Acción declarativa de inconstitucionalidad iniciada por Daniel Kiper, Horacio Roncagliolo y Carlos Lancioni.


El mismo magistrado que habilitó la feria judicial por la presentación de Jorge Rizzo, el expresidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal fue quien dio lugar a la acción promovida en defensa del deporte, los clubes y las asociaciones civiles deportivas.


Los ex dirigentes de River buscan que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, en particular  de sus artículos 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 346 y 347 que modifican la ley 20.655 (del deporte) y la Ley General de Sociedades N° 19.550, y de toda normativa o acto que derive de su vigencia o que fuere dictado en su cumplimiento.


Dicho decreto da lugar a la posibilidad que las instituciones deportivas (hoy Asociaciones Civiles sin fines de lucro) se puedan transformar en Sociedades Anónimas y también obliga a que las asociaciones y/o confederaciones tengan que darles lugar a las competencias. Es claro que apunta a los clubes de fútbol y a la AFA que en sus estatutos no permite a los clubes que sean Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) a ser afiliados. 


Hay que recordar que es casi una obsesión histórica de Mauricio Macri que los clubes se transformen en SAD a la que se sumó Javier Milei y parte del Gabinete que últimamente salieron en distintos medios a hacer declaraciones en defensa de esta postura. Siempre, como en distintos temas de la actualidad nacional, con falacias. En este caso con la fantasía de que si ingresan capitales privados los clubes van a estar mejor. Basta aclarar que en Uruguay y Chile están decepcionados con la figura de las SAD, así como en Brasil que los últimos campeones, desde que Bolsonaro dio lugar a las SAD, fueron asociaciones Civiles sin fines de lucro.


Por otra parte, días atrás, los hinchas del club español Burgos interrumpieron en el partido de Copa del Rey contra Mallorca con una lluvia de billetes de pesos y dólares falsos en señal de protesta por el flamante dueño, el empresario argentino Marcelo Fígoli.


EXPEDIETE JUDICIAL


Poder Judicial de la Nación JUZGADO DE FERIA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL Causa nro. 48305/2023 “KIPER, DANIEL ADRIAN Y OTROS c/ EN-DNU 70/23 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO” Buenos Aires, de enero de 2024. Y VISTOS; CONSIDERANDO: I.- Se presentan los Sres. Daniel Adrián Kiper, Horacio Carlos Roncagliolo y Carlos Alfonso Lancioni, por derecho propio, y en su carácter de socios del Club Atlético River Plate, e interponen acción declarativa con el objeto de obtener la declaración de inconstitucionalidad del DNU 70/2023, por cuanto habilita la transformación del club al que se encuentran asociados en una sociedad comercial, poniendo en riesgo sus derechos deportivos.


En consecuencia solicitan habilitación de feria judicial a efectos de poder continuar con el trámite de la presente causa.

II.- En tales términos, cabe precisar que, como principio, la habilitación de la feria judicial es una medida de carácter excepcional que debe ser aplicada con carácter restrictivo y que las razones de urgencia que determinan la habilitación del feriado judicial son solamente aquellas que entrañan para los litigantes un riesgo cierto e inminente de ver frustrados los derechos para cuya tutela se requiere la protección judicial. Además ello resulta de lo establecido por el art. 4° del Reglamento para la Justicia Nacional y por el art. 153 del Código Procesal, en cuanto a que la habilitación de la feria judicial se encuentra condicionada a la existencia de un supuesto que no admita demora, es decir que se trate de diligencias urgentes que -de esperar a que concluya este período inhábil- podrían tornarse ineficaces u originar graves perjuicios a los litigantes (cfr., CCAF, Sala de Feria, in re: “Asociación Civil Jockey Club c/ PEN-MEyOSP- y otro s/ amparo ley 16.986”, del 23/07/12). III.- Sobre la base de tales premisas, cabe poner de relieve que los argumentos esgrimidos para fundamentar la solicitud de habilitación de la feria judicial revisten suficiente entidad como para #38574959#397759026#20240108135545859 disponer la medida excepcional requerida, por cuanto debe considerarse a la petición efectuada como comprendida entre las diligencias urgentes a la que se hace referencia en el artículo 153 del Código Procesal y que, en consecuencia, torna procedente la habilitación solicitada, toda vez que la demora impuesta por el receso judicial de enero en la tramitación de estos actuados entraña un riesgo cierto e inminente de frustración de derechos


. En virtud de lo expuesto y sin perjuicio de lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal,


RESUELVO: Habilitar la feria judicial en las presentes actuaciones (conf. artículo 4° del Reglamento para la Justicia Nacional) a los efectos de continuar la tramitación de la presente causa. Previo a todo trámite, remítase nuevamente la causa al Sr. Fiscal Federal a efectos de que se expida acerca de la competencia del Juzgado. Regístrese, notifíquese.-




Alpha Media, el grupo liderado por Marcelo Figoli, está compuesto por Rivadavia, AM 990, AM 550, Metro 95.1, Info 95.5, Rock and Pop, Blue, la 103.1, LT3 Rosario, Newsweek, Canal 7 de Neuqúen y el portal de noticias NA.


Por otro lado, adquirió Grupo Vía, empresa de comunicación publicitaria con más de 25 años de trayectoria en Argentina y la región, que está especializada en el negocio de la vía pública en el país bajo el concepto estratégico de Comunicación para Públicos en espera y tránsito a través de sus seis unidades de negocios: Subte, Trenes, Outdoor, Shopping, Móvil y retail.


Además, el empresario es dueño de Fenix Entertainment, una compañía global de entretenimiento y shows con fuerte presencia en Argentina, América Latina y Europa.


Los hinchas del Burgos demostraron su descontento con el flamante dueño argentino.

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